Aspectos legales sobre las licencias de apertura

Los propietarios de un negocio saben todo lo concerniente a las licencias y permisos que son necesarios para empezar una actividad económica. Los emprendedores, deben estar al tanto de todo este tipo de cuestiones legales antes de llevar a cabo su emprendimiento. Cualquier tipo de actividad económica debe estar registrada y atenerse a las normativas que exija cada ayuntamiento. Uno de los trámites imprescindibles que hay que llevar a cabo es obtener la correspondiente licencia de apertura para poder abrir las puertas de su negocio.

Para hacer más fácil la tarea, lo mejor es recurrir a profesionales cualificados y preparados para realizar los trámites necesarios y guiar al emprendedor en este camino. Prada Ingenieros es una de esas empresas especializadas en todo tipo de licencias de apertura y con ellos hemos hablado para contar en este post, todo lo concerniente a este permiso tan importante.

Resulta crucial conocer bien todos los requisitos concernientes a la actividad que se pretender desarrollar para poder buscar el local adecuado y solicitar la licencia correspondiente. Hay que tener en cuenta los tipos de licencia de apertura que existen, las características que deben cumplir los informes y proyectos técnicos que hay que incluir, los costes de la licencia y el procedimiento de la solicitud, así como el funcionamiento de las denominadas licencias exprés.

Ateniéndonos a su definición, se denomina como licencia de apertura y actividad a las licencias municipales obligatorias y necesarias, para que en un local, nave u oficina se pueda ejercer una actividad, sea comercial, industrial o de prestación de servicios. Se trata de un documento que acredita que se cumplen todas las condiciones de habitabilidad y uso para la actividad que se va a realizar.

Este documento, se concede al propietario de un negocio para que pueda desarrollar una actividad determinada. Por lo tanto, debe ser renovada cada vez que la actividad que se desempeñe en el local cambie o se modifique el mismo, así como cuando los propietarios del negocio traspasen el mismo.

Cada actividad, una licencia

A efectos legales, no puede realizarse una actividad para la que no se tiene licencia. Si el local dispone de licencia de actividad para restauración, no se puede montar una peluquería, o viceversa. Es fundamental conocer los requisitos que exige la normativa para cada tipo de actividad desde el primer momento y, sobre todo, a la hora de buscar el lugar, nave u oficina adecuado, pues debe estar adecuado a los requisitos correspondientes.

Antes de empezar con esa búsqueda de local, lo más conveniente es acudir al Ayuntamiento correspondiente o a una empresa especializada, para conocer esos requisitos y poder utilizarlos como filtro en la búsqueda. Hay que asegurarse, antes de alquilar o comprar el local en cuestión, saber si cumple con la normativa y de ese modo, evitar costes innecesarios. Hacer una comprobación incluso aunque el local ejerciera la misma actividad, es una buena manera de cerciorarse de ese cumplimiento, puesto que la normativa es cada vez más exigente y los locales que disponen de licencias antiguas no tienen por qué cumplir con la normativa actual.

En función de las molestias, daños o riesgos que pueda ocasionar la actividad comercial a desarrollar, las licencias se dividen en dos tipos:

  • Licencias de actividad para actividades inocuas que no generan molestias significativas, impacto medioambiental, daños a bienes públicos o privados ni para las personas. Dentro de esta categoría, se consideran actividades inocuas los pequeños comercios como tiendas de productos no perecederos, ropa u oficinas.
  • Licencias de actividad para actividades calificadas que se consideran como molestas, insalubres, nocivas o peligrosas, como las hostelería, las actividades industriales, ciertos comercios o servicios y aquellas que deben adoptar medidas correctiva como las sanitarias, de seguridad o de carácter medioambiental. Muchas de estas actividades, solo pueden realizarse en suelo industrial debido a sus características.

Existen algunas actividades que se hallan exentas de la necesidad de solicitar licencia, se trata de las actividades profesionales, artesanales y artísticas que se hacen el domicilio, siempre que las mismas no conlleven una venta o atención directa al público y no causen molestias a la comunidad de vecinos donde se encuentre.

El Real Decreto Ley 19/2012 de 25 de mayo de medidas urgentes de liberación del comercio en determinados servicios, introdujo una serie de novedades y cambios de gran importancia a la hora de facilitar y flexibilizar la concesión de las licencias para agilizar los trámites por parte de los ayuntamientos. Este tipo de licencias se denominó en su momento como licencias exprés y actualmente, se conoce como Declaración Responsable. Este cambio permitía que los locales de menor de trescientos metros cuadrados, no necesitaran la licencia previa de apertura, pues bastaba con una declaración responsable o comunicación previa al Ayuntamiento, en la que el propietario se compromete a cumplir con lo que requiere la licencia de apertura correspondiente.

Aunque en la práctica, es norma no supone tantos cambios puesto que sigue siendo obligatorio presentar el informe técnico pertinente y pagar las tasas municipales que siguen siendo muy similares. La mayor diferencia, se encuentra en que basta con presentar el informe técnico junto a la declaración responsable y el pago de las tasas para poder iniciar la actividad, mientras el Ayuntamiento realiza las inspecciones correspondientes para conceder la licencia de apertura definitiva. Este pequeño detalle, minimiza los costes puesto que el negocio pueden funcionar de inmediato y no debe permanecer cerrado hasta obtener la licencia definitiva con los gastos que eso conlleva.

El proyecto técnico

Cuando se trata de una licencia de apertura para abrir una actividad de las consideradas inocuas, el procedimiento de legalización es mucho más sencillo, requiere de cumplir menos requisitos y por tanto, conlleva menos costes. Aun así, en la solicitud es necesario de forma generalizada, adjuntar un informe técnico que incluya los planos del local. Estos deben ser realizados por un profesional cualificado.

En el caso de tratarse de una actividad calificada, hay que aportar un proyecto técnico lo más completo posible que permita emitir los informes municipales necesarios. Estos pueden variar en función de las características propias del negocio y sus dimensiones y pueden ser informes urbanísticos, industriales, sanitarios o jurídicos.

Este tipo de proyectos técnicos solo puede ser realizado por profesionales acreditados para realizar los mismos. Arquitectos, aparejadores, ingenieros técnicos industriales o similares, que deben estar colegiados, puesto que deben aportar en el informe el visado del colegio profesional al que pertenezcan.

Es más que habitual que estos profesionales no solo se encarguen de elaborar y preparar toda la información técnica, suelen formar parte de empresas especializadas que asesoran y pueden adaptar el local de manera que cumpla con todos los requisitos. El proyecto final debe contemplar todas las características del establecimiento y la actividad que en el mismo se va a desarrollar: planos de ubicación y distribución, dimensiones, reformas a ejecutar, instalaciones y cumplimiento de la normativa aplicable a cada negocio.

Todas las actividades tienen que contemplar los requisitos concernientes a la ley de accesibilidad para personas discapacitadas y licencias de obras necesarias en el caso de que haya que realizar obras o reformas en el local para su adecuación. A parte de la normativa aplicable a determinadas actividades como pueden ser insonorización en el caso de discotecas o talleres, higiene y manipulación de alimentos para restaurantes y hostelería en general, o la normativa de incendios aparejada a los alojamientos turísticos o actividades industriales.

No hay que olvidar que en el caso de actividades molestas, es igualmente necesario obtener el permiso de la comunidad de vecinos y que, respecto a las actividades realizadas en el domicilio, no se conceden licencias por encima del primer piso.

Sabiendo toda la documentación que hay que recopilar, los costes de una licencia de apertura cuentan con los siguientes conceptos que hay que abonar:

  • Tasas del Ayuntamiento que se calculan para local en función de la relevancia comercial de la calle, el tamaño del local y la actividad a realizar. Las tasas son más caras en actividades calificadas, locales más grandes y en calles de mayor relevancia. También tienen costes variables en función del ayuntamiento que corresponda pudiendo ser de unos cientos de euros a miles.
  • Costes derivados del proyecto técnico que dependerán de la complejidad que posea el proyecto a realizar y lo que cobre la empresa o profesional elegido. Este puede variar entre los seiscientos y mil euros en el caso de las actividades inocuas o el doble para las calificadas. Los proyectos que conlleven obras o requieran permisos especiales, pueden llegar a costar hasta diez mil euros.

Una vez se dispone del local y se cumplen todos los requisitos, hay que preparar toda la documentación correspondiente, incluyendo los recibos de las tasas abonadas y presentarla en el ayuntamiento correspondiente. Para verificar que el local cumple con lo estipulado en la normativa, un técnico del Ayuntamiento realizara una visita con objeto de ratificar lo expuesto en la documentación. Este último paso es el que determinará si se concede o no la anhelada licencia de apertura. En caso de incumplir algún requisito, el Ayuntamiento debe conceder un tiempo para solventarlo y conceder la licencia definitiva.

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