Aquellos que deciden estudiar la carrera de Derecho, con aprovechamiento, tienden a ver la vida de una manera diferente. Un comprar un café de máquina es igual a realizar un contrato automático, y realizar una transferencia bancaria supone enviar tu dinero a uno de los servidores de Europay.
Si todo esto te suena a chino, es normal, al igual que la mayoría de normas que existen en la actualidad. Sin darnos cuenta estamos sometidos a una infinidad de normativas de distinto rango, que nos obliga a realizar o dejar de realizar ciertas conductas. Aquellos que no tienen ninguna noción de Derecho se encuentran totalmente desprotegidos ante el desconocimiento.
Quizá sea un problema del sector educativo, ya que en países iberoamericanos como en Argentina, se estudia Derecho durante tres años del instituto. Puede parecer un poco exagerado, pero saber en que casos pueden reclamarte una factura o denegarte un Derecho te ahorra muchos disgustos.
Una de las ramas del Derecho Civil que últimamente está siendo alegada por los abogados en la mayoría de pleitos, sobre todo bancarios, es la normativa referente a la protección de los derechos de los consumidores y usuarios. Esta normativa lleva tiempo siendo aplicada por los tribunales, pero mucha gente no es consciente de las connotaciones para los ciudadanos de a pie.
Los derechos básicos de los consumidores
La Ley 1/2007 es el Texto Refundido de la Ley de Consumidores y Usuarios, y viene a determinar los derechos de los consumidores y usuarios en el mercado. Es importante conocer el concepto de consumidor y de empresario, porque de ello depende que se aplique la Ley, y eso puede suponer graves problemas.
El concepto de consumidor y usuario se dirige principalmente a determinar cuál es el destino final de los bienes o servicios que se adquieren. Se entiende por consumidor toda aquella persona física o jurídica que utiliza los bienes sin introducirlos en una cadena de producción. Es decir, será consumidor o usuario todo aquel que destine el bien para un uso personal y privado. Esta definición es ambigua, porque permite que las empresas entren dentro del concepto de consumidor, pero solo respecto a algunos bienes.
En esta Ley se mencionan los derechos de los consumidores y usuarios, y son bastantes. Entrar a conocer sobre cada uno de los derechos es algo complejo porque se requieren unos conocimientos técnicos en derecho. Por eso hoy vamos a resumir algunos de ellos, en particular, los que más se pueden utilizar en el día a día.
En primer lugar vamos a hablar de seguridad, y es que la Ley de Consumidores y Usuarios dispone de un régimen específico para los casos en los que los consumidores sufren daños como consecuencia de la utilización de bienes o servicios. Este régimen establece una tutela de los derechos que de verdad ayudan al consumidor.
Relacionado con lo anterior, existen referencias a la reparación de los daños sufridos como consecuencia de las prácticas abusivas o negligencias de las empresas. Este punto es muy importante porque de cara a las reclamaciones supone una verdadera ventaja, ya que la interpretación de los productos no deja lugar a dudas.
Un ejemplo es el caso de las cláusulas abusivas, que se han puesto de manifiesto en los últimos años a raíz de los abusos de los bancos con las clausulas suelo o los gastos hipotecarios. Pero no sólo abusan las entidades bancarias, también algunas pequeñas y medianas empresas que restringen Derechos cuando no pueden hacerlo.
La Ley también regula todo el régimen del derecho de desestimiento y el derecho a tener piezas de repuesto para los productos. Este último derecho es de los menos conocidos, y es que muchas empresas aprovechan para dejar de fabricar repuestos al poco de sacar un producto para así tener que forzar a comprar uno nuevo.
Existen empresas que ofrecen repuestos genéricos, como es el caso de Tapa del Water, una empresa que fabrica asientos de inodoro a medida para todo tipo de WC, incluso si están descatalogados, con la garantía de una empresa seria y con mucha experiencia en el sector de los recambios.
Esta es una breve mención a algunos de los derechos de los consumidores, pero no está demás revisarlos individualmente