Los contratos complementarios en una hipoteca

Hemos pasado unos años duros de crisis, en los que las hipotecas brillaban por su ausencia debido a que los bancos eran muy reticentes a la hora de aprobar la firma de una hipoteca. Y incluso durante estos años hemos visto como los bancos nos han “colado” cláusulas abusivas en nuestros contratos, como son las cláusulas suelo.

Actualmente, debido a la salida de la crisis y al auge del mercado inmobiliario, estamos ante una etapa en la que el crédito vuelve a fluir. Y la oferta de bienes inmuebles es ahora más variada, aunque ya no se van a encontrar tantas gangas y ofertas interesantes, ya que la época de la necesidad de vender ha bajado.

Contratar una hipoteca puede ser una verdadera pesadilla. Comparar todos los productos hipotecarios de las no pocas entidades bancarias, así como comprobar que los contratos no contengan cláusulas abusivas, no es algo que puedan hacer todas las personas. Se requieren unos conocimientos bancarios y de derecho bastante específicos, así como experiencia para detectar las cláusulas abusivas.

Muchas personas, empresarios incluidos, acuden a abogados para realizar todo tipo de comparaciones, así como para asistir a las negociaciones con el fin de no ser engañados. En mi familia decidimos contratar al despacho Anclabogados, ya que son expertos en Derecho Bancario. Gracias a ellos, descubrimos que la oferta preferida de la entidad consistía en un tipo de interés a medio camino entre variable y fijo, y era bastante peor que el interés fijo. Además, nos ayudaron a negociar un interés fijo, que a día de hoy es el más recomendable.

Las vinculaciones más socorridas por los bancos

A la hora de contratar una hipoteca, las entidades bancarias te obligan a contratar con ellos una serie de contratos complementarios para poder obtener mejores precios. Estos contratos pretenden cubrir ciertas necesidades de los consumidores, y buscan atraer el capital del cliente a la entidad.

Existen tres vinculaciones que se repiten continuamente a la hora de tener que firmar una hipoteca. Estas son contratar un seguro de hogar, domiciliar la nómina y suscribir un seguro de vida. Estas son las tres vinculaciones más repetidas, pero existen otras como la apertura de una cuenta de crédito asociada a una tarjeta, o un seguro de protección de pagos. Incluso algunos bancos te fuerzan a contratar productos de inversión, como es el caso de las entidades bancarias que ofrecían los swaps con la firma de la hipoteca.

De este modo, casi el noventa y cuatro por ciento de las hipotecas examinadas pide la contratación de un seguro de hogar; alrededor de un noventa y dos por ciento pide la domiciliación de al menos una nómina; y el setenta y nueve por ciento la suscripción de un seguro de hogar.

Si te planteas si esto es legal tenemos que decir que sí, no existe ningún límite en la suscripción de productos complementarios, siempre que la entidad bancaria sea clara con las condiciones, características y obligaciones que implica la contratación de los diferentes productos.

Hay que estar al tanto de que las condiciones no sean menos beneficiosas que otras, ya que en ocasiones su contratación no es un requisito indispensable a la hora de contratar. Solo reducen en pequeños porcentajes el interés. Aunque sí que hay un producto que se ha vuelto de contratación obligatoria, y no necesariamente con el banco, y es el seguro de hogar.

Para finalizar diremos que siempre hay que tener en cuenta diferentes posibilidades a la hora de contratar, y en el momento de firmar tenemos que estar seguros de lo que firmamos, ya que puede suponernos perjuicios económicos a largo plazo la toma de una mala decisión.

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