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Cómo reclamar los gastos de la cláusula suelo de la hipoteca

Desde que se decretase la nulidad de las cláusulas suelo en las hipotecas de los bancos españoles muchos son los ciudadanos que se han puesto manos a la obra para poder reclamar el dinero correspondiente a las mismas, así como los intereses de demora. No es un trámite para nada sencillo, sino que tiene muchas trabas. Y es por esto que nosotros os recomendamos que os guieis para ello por un abogado. En la asesoría Matías Carrillo os pueden echar una mano con ello para que no os dejéis engañar por las trampas de los bancos. Tened en cuenta que ellos tienen su propio gabinete jurídico y van a saber mucho más que cualquier ciudadano de a pie.

Pues bien, como decíamos, se ha dado ya el pistoletazo de salida para empezar con este tipo de reclamaciones después de que el Consejo de Ministros aprobase un real decreto de medidas urgentes para proteger a los consumidores y establecer un procedimiento extrajudicial para resolver de manera rápida y gratuita las reclamaciones de los consumidores derivadas de las últimas sentencias judiciales. Y es que la intención del gobierno es intentar por todos los medios que la justicia no se satura más si cabe.

El primer paso que debe hacer el consumidor afectado por esta cláusula en su hipoteca es dirigir a su banco una reclamación. La entidad, una vez recibida esta reclamación, deberá remitir al consumidor el cálculo de la cantidad a devolver, incluyendo los intereses o, alternativamente, las razones por las que considera que la reclamación no es procedente. Tras recibir la comunicación, el consumidor deberá manifestar si está de acuerdo con el cálculo y, si lo está, la entidad realizará la devolución del efectivo. Todo el proceso se hará en un plazo máximo de tres meses, y con la condición de que se trata de una reclamación extrajudicial de carácter gratuito.

No obstante, el banco puede avisar de que el cliente tiene cláusula suelo y ponerse en contacto con él. Pero eso no garantiza que se le vaya a devolver, sino que puede aplicar las razonas por las que considera que la reclamación no sería procedente. Y en ese caso no tiene tampoco por qué especificar cuánto sería el dinero cobrado, sino simplemente por qué considera que su cláusula no es opaca.

Hay que tener en cuenta que esta reclamación se puede hacer también sobre las hipotecas que ya estén completamente pagadas o amortizadas.

En caso de tener derecho a cobrar este dinero, se hará en efectivo. Aunque ambas partes pueden acordar otro tipo de medidas compensatorias distintas, como es el caso de unas nuevas condiciones de hipoteca o amortización de parte de la misma en tiempo o en dinero.

Según el decreto explica, “el consumidor puede decidir ir a la vía judicial directamente pero una vez iniciado el procedimiento extrajudicial y hasta que se haya resuelto este, las partes no podrán ejercitar entre sí ninguna acción judicial o extrajudicial alternativa en relación con la misma reclamación”. Asimismo, las acciones judiciales se pueden suspender si las partes, de común acuerdo, quieren solicitar la suspensión de estas para someterse al trámite extrajudicial.

Y la vía judicial es también la última opción para quienes no estén de acuerdo con lo ofertado por la entidad financiera. En el caso de las costas judiciales, se establecen en el real decreto ley mecanismos que incentivan que la entidad resuelva de forma adecuada y de buena fe. Si el consumidor demanda a la entidad tras no llegar a un acuerdo en la reclamación extrajudicial y la sentencia que obtiene es económicamente más favorable para él, la entidad será condenada en costas.

Qué es la cláusula suelo

Para todos aquellos que no saben si su hipoteca tiene una cláusula suelo o qué es esto, les tenemos que explicar que estas nacen a raíz de que la mayoría de hipotecas en España están referenciadas al índice euríbor, una tasa de intereses que se calculan a nivel europeo y que fluctúa constantemente. Los bancos, cuando conceden un crédito, por regla general, exigen en la devolución el pago de ese euríbor más un diferencial. Los intereses de la hipoteca se revisan cada año, en los que se actualiza (y con ello la letra mensual a pagar) según la cotización del euríbor. Pero en los últimos años la fluctuación constante del euríbor se dio en muchos casos a la baja, por lo que los bancos decidieron blindarse y en muchas hipotecas se incluyeron cláusulas de suelo y techo. Significaba que el banco incluía en los contratos unos topes máximos sobre los que los intereses no crecerían aunque el euríbor subiera por encima (techo) y unos topes bajo los que los intereses nunca podrían reducirse (suelo).

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